Acá estamos para desmentir los mitos

10 Mitos sobre la obtención de una ciudadanía europea y la doble nacionalidad

Un poquito de contexto...

En 2016 se conmemoró el 55º aniversario de la Convención para Reducir los Casos de Apatridia. Un apátrida es una persona sin nacionalidad reconocida, lo que afecta a aproximadamente 12 millones de individuos en el mundo, limitando su protección legal y sentido de pertenencia. En contraste, Argentina garantiza que quienes nacen en su territorio no pueden ser privados de su nacionalidad, incluso si desean renunciar a ella.

Además, debido a las migraciones europeas históricas, muchos argentinos pueden acceder a una doble nacionalidad basada en su ascendencia. Este artículo aborda diez mitos sobre la obtención de pasaportes europeos, centrándose en las nacionalidades más solicitadas: Italia, España, Alemania, Francia, Hungría, Polonia y Portugal.

MITO 1:
Tengo que renunciar a la nacionalidad argentina
FALSO. La mayoría de los países europeos que otorgan ciudadanía a argentinos no requieren la renuncia a la nacionalidad argentina.
Sin embargo, algunos países, como Lituania y Letonia, aún exigen la renuncia a la nacionalidad de origen. Un fallo de la Cámara Nacional Electoral en 2009 confirmó que los argentinos nativos no pueden renunciar voluntariamente a su nacionalidad.
MITO 2:
Tengo que hacer el servicio militar (o mis hijos)
FALSO (en principio). La mayoría de los países europeos no exigen el servicio militar obligatorio a quienes adquieren su nacionalidad y residen en el extranjero. Por ejemplo, Italia abolió el servicio militar obligatorio en 2005, por lo que los nacidos después del 31 de diciembre de 1985 no están obligados a regularizar su situación militar.

En Alemania, el servicio militar obligatorio fue suspendido en 2011. Por lo tanto, no están obligados a cumplir con el servicio militar.
FALSO. La ciudadanía europea se basa principalmente en el derecho de sangre (ius sanguinis), lo que permite a los descendientes de europeos obtener la nacionalidad del país de origen de sus ancestros. Por ejemplo, si tienes un tatarabuelo italiano que no renunció a su nacionalidad, esta se transmite a través de las generaciones, permitiéndote a ti, como descendiente, acceder a la ciudadanía italiana.

Es importante destacar que, aunque algunos países europeos permiten la doble nacionalidad, otros pueden tener restricciones o requisitos adicionales. Por ejemplo, Portugal exige conocimientos básicos del idioma portugués para los descendientes que buscan la nacionalidad, pero este requisito no impide su obtención.

MITO 3: Si tengo ascendientes fallecidos ya no puedo obtener ciudadanía europea
MITO 4:
Tengo que saber el idioma SI o SI
MITO 5: No se la puedo transmitir a mi cónyuge por la vía del matrimonio
FALSO. El único caso en el cual se exigen conocimientos básicos de un idioma es en la ciudadanía portuguesa, cuando se tiene un ascendiente fallecido, sin que el mismo haya obtenido su ciudadanía portuguesa. O bien, cuando se intenta obtener ciudadanía francesa por matrimonio.
DEPENDE EL PAÍS.

a) Italia: Si el matrimonio se celebró antes de 1983, la mujer automáticamente queda italiana por la vía del matrimonio con un ciudadano italiano. Si el matrimonio se celebró luego de 1983, o antes, pero la italiana era la mujer, también se permite transmitir la nacionalidad al cónyuge aun residiendo en Argentina, excepto que el cónyuge tenga antecedentes penales que deben verificarse en cada caso.

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b) España: Sólo se permite la transmisión de la nacionalidad mientras los cónyuges residan en España durante el término de un año en forma continua.

c) Alemania: Sólo se permite la transmisión de la nacionalidad mientras los cónyuges residan en Alemania durante el término de diez años en forma continua.

d) Francia: Se permite una vez transcurridos cinco años de la fecha de celebración del matrimonio, pero el cónyuge extranjero debe demostrar conocimientos del idioma francés.

e) Hungría: Sólo se permite la transmisión luego de residir tres años en Hungría.

f) Polonia: No permite la transmisión de la nacionalidad por matrimonio.

g) Portugal: Si el matrimonio se celebró antes de 1981, la mujer automáticamente queda portuguesa por la vía del matrimonio con un ciudadano portugués. Si el matrimonio se celebró luego de 1981, o antes, pero la portuguesa era la mujer, también se permite transmitir la nacionalidad al cónyuge aun residiendo en Argentina, pero deben demostrarse lazos efectivos con Portugal, siendo ésta una consideración un tanto subjetiva.